Servicio de devolución del IVA a turistas extranjeros atiende en el nuevo aeropuerto de Quito

Quito, (15h00).- El Ministerio de Turismo implementó en el nuevo Aeropuerto Mariscal Sucre de Quito, el servicio de devolución del IVA a los turistas extranjeros, a través de un novedoso “counter” que funciona ininterrumpidamente las 24 horas del día.

La atención a los turistas extranjeros inició desde el 20 de febrero de 2013, simultáneamente con la apertura de operaciones del nuevo Aeropuerto Internacional Mariscal Sucre de Quito, ubicado en Tababela.

Este módulo tiene la misión de asesorar, explicar y receptar la solicitud de devolución del IVA a los turistas, personal calificado del Ministerio de Turismo revisará que se adjunten las facturas, anexos y copia de pasaporte en un sobre para que lo depositen en el buzón que se encuentra en la sala de pre embarque del aeropuerto internacional.

La acreditación de la devolución se cumplirá únicamente a través de tarjeta de crédito de propiedad del solicitante y aplica para bienes producidos en el país y servicios de alojamiento en montos superiores a USD 50,00 por factura.

Entre los productos sujetos a la devolución de IVA constan café, textiles, prendas de vestir, sombreros, chocolate, confites, calzado, artículos de cuero, bisutería, joyas, artículos de madera, mármol, yeso, corcho, vidrio, licores, bebidas no alcohólicas e instrumentos musicales.

Para acceder al beneficio, es importante que el turista colabore con la información solicitada por los establecimientos autorizados, identificados con el logo de TAX-FREE y que registe correctamente la información en la  solicitud de devolución.

A través de la página web del SRI www.sri.gob.ec el turista deberá consultar el avance del trámite  ingresando el número de pasaporte o identificación que registró en la solicitud de devolución y de esta manera podrá verificar el servicio que brinda Ecuador a los turistas extranjeros que visitan sus atractivos.

El proceso de devolución se basa en el artículo 30 de la Ley de Turismo ecuatoriana, que establece el derecho que tienen los visitantes extranjeros para la restitución de este impuesto.

(CMY/LTG)


 

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