Se amplian horarios de funcionamiento de establecimientos turísticos, para todos los feriados nacionales del año

(Quito, Pichincha, 09-08-2017).- Mediante un Acuerdo Interministerial, suscrito entre los ministerios de Turismo y del Interior, se extienden -durante todos los feriados nacionales del presente año- los horarios de funcionamiento, así como de expendio y consumo de bebidas alcohólicas, en los establecimientos y locales sujetos a control de ambas secretarías de Estado.

Así, los días viernes 11,  sábado 12  y domingo 13 de agosto de 2017, los establecimientos turísticos del país podrán funcionar y expender bebidas alcohólicas hasta las 03h00. A partir de esta hora del domingo, se aplicarán las restricciones establecidas  en el Acuerdo Interministerial No. 1470 (publicado en el Registro Oficial No. 233, del 12 de julio del 2010 y sus reformas).

Con este acuerdo interministerial, se extienden horarios de funcionamiento de establecimientos turísticos, por todos los feriados nacionales del 2017.

Para los feriados del 9 de octubre; 2 y 3 de noviembre; y, 25 de diciembre, la extensión del horario es la misma. Todos los detalles pueden consultarse en el siguiente enlace: Acuerdo Interministerial.

Esta ampliación de horario rige para los establecimientos turísticos, así como para los determinados dentro de las categorías 2 (centros de diversión para adultos, tales como discotecas, karaokes, bares, entre otros) y 4 (locales de consumo de alimentos preparados), amparados por el Acuerdo Interministerial No. 6987 (publicado en el Registro Oficial No. 758, del 19 de mayo de 2016).


 

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