El Reglamento de Transporte Terrestre Turístico entró en vigencia

Quito, (27/01/2014) El Reglamento de Transporte Terrestre Turístico entró en vigencia en el país a partir del 31 de diciembre, fecha en que fue publicado en el Registro Oficial, gracias a un trabajo conjunto entre el Ministerio de Turismo y la Agencia Nacional de Transporte (ANT).

Este instrumento legal tiene como objeto regular el servicio de transporte terrestre turístico a escala nacional y establecer las normas a las que se sujetarán las personas jurídicas que se encuentran autorizadas para desarrollar en forma habitual esta actividad, así como también para quienes deseen ejercerla.

El reglamento fue publicado mediante Resolución 108, Registro Oficial Suplemento 241 con fecha 31 de diciembre de 2014 y consta de tres títulos, nueve capítulos, 43 artículos, cuatro disposiciones generales, seis transitorias y una disposición final. Entre los aspectos que comprende, constan:

–          Ámbito de competencia de la ANT y del Mintur;

–          Clasificación del transporte terrestre turístico;

–          Ámbito de operación;

–          Tipo de servicio;

–          Permisos de operación;

–          Requisitos para la obtención de registro y licencia única anual de funcionamiento;

–          Obligaciones de los conductores y prestadores del servicio de transporte;

–          Regulación y control conforme las competencias de cada una de las instituciones; y,

–          Sanciones.

 

Descargue aquí el REGLAMENTO DE TRANSPORTE TERRESTRE TURISTICO.

MCP

 


 

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