LOS REQUISITOS DE INGRESO AL PAÍS SERÁN SOLO PCR NEGATIVA O CARNÉ DE VACUNACIÓN

BOLETÍN DE PRENSA 045

Viernes, 9 de julio de 2021

(Quito, Pichincha). – El Comité de Operaciones de Emergencia (COE) Nacional informó, a través de su resolución del 9 de julio de 2021, que las carteras de Salud, Transporte y Obras Públicas y, Relaciones Exteriores y Movilidad Humana, deberán modificar los “Lineamientos de Ingreso por Vía Aérea al País”, mismos que entrarán en vigencia el 15 de julio a partir de las 23:59.

En la resolución se menciona que, desde la fecha señalada, habrá solo dos requisitos válidos para el ingreso al país:

  1. El resultado negativo de una prueba RT-PCR con 72 horas previas al embarque, o
  2. La presentación del carné de vacunación con esquema completo, vigente con 14 días de antelación al embarque.

Con esto, se elimina la prueba de antígenos como requisito de ingreso al país, quedando en vigencia cualquiera de los dos mencionados anteriormente.

En el caso de los viajeros provenientes de Brasil o India, hay condiciones particulares. Todos los pasajeros cuyo origen, escala o tránsito sea cualquiera de estos dos países, deberán presentar un resultado negativo de prueba RT-PCR con 72 horas previas al embarque de su vuelo. Esto, independientemente de que se encuentren vacunados.

La disposición aplica para residentes, ciudadanos ecuatorianos o turistas, quienes además deberán realizar un aislamiento preventivo por 10 días, que puede ser en sus domicilios o en cualquier lugar de alojamiento a libre elección y costo del viajero.

El COE Nacional anunció que cada 15 días evaluará si se mantiene o se amplía la lista de países a los que se exigirán estos requisitos, dependiendo de la presencia de variantes de preocupación, contagio comunitario y baja cobertura de vacunación en tales países.

Para más información sobre la resolución en mención ingrese a: 

https://www.gestionderiesgos.gob.ec/resoluciones-coe-nacional-de-09-de-julio-de-2021/

 

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