COMUNICADO: LINEAMIENTOS GENERALES PARA EL ARRIBO, ESTADÍA Y ZARPE  DE CRUCEROS EN PUERTOS DEL ECUADOR CONTINENTAL

COMUNICADO N° 045

 Lunes, 20 de diciembre de 2021

(Quito, Pichincha).- El Ministerio de Salud junto con el Ministerio de Turismo expidió los lineamientos para el desarrollo de actividades relacionadas con el arribo, estadía y zarpe de cruceros que atracan en puertos del Ecuador Continental, es decir Esmeraldas, Manta, Guayaquil y Puerto Bolívar.

Entre las medias específicas para el arribo de embarcaciones de visitantes se establece:

  • Si entre los viajeros se encuentra un ¨caso sospechoso¨, se debe presentar una declaración mediante la cual el capitán de la nave indique si abordo existen casos sospechosos o confirmados de COVID 19 de visitantes y tripulantes , en cuyo caso se deberá aplicar el Plan de Contingencia de la embarcación ya que los pasajeros no podrán desembarcar.
  • La Agencia Naviera, dentro de la programación del arribo del buque, deberá certificar que el visitante que desembarcará (de darse el caso), ha cumplido con todos los protocolos establecidos por el buque, incluyendo monitoreo y control de salud (resultado negativo de prueba cualitativa RT-PCR en tiempo real y revisión del carné de vacunación Covid-19).
  • En caso de que el visitante presente síntomas asociados al COVID-19, el no podrá desembarcar.

En cuanto al desembarque de visitantes, el documento estipula:

  • Toda persona que ingrese al Ecuador continental por vía marítima internacional deberá presentar de manera obligatoria la Declaración de Salud del Viajero de forma digital previo al embarque a los agentes navieros, la misma está disponible en el siguiente link: https://declaracionsalud-viajero.msp.gob.ec/ , si no se encuentra disponible la plataforma puede presentar el formulario físico el cual puede ser descargado de la página del Ministerio de Salud, salud.gob.ec. Cabe mencionar que los viajeros que llenen el formulario digital ya no requieren presentar el formulario en el punto de entrada al Ministerio de Salud.
  • En caso de que el pasajero presente sintomatología compatible con la COVID-19, deberá reportarlo llamando al 171 del Ministerio de Salud Pública para su seguimiento y manejo.
  • Para los visitantes que ingresen al país, los agentes navieros encargados de agenciar la embarcación en Ecuador deberán validar que previo al embarque todos los visitantes y tripulantes hayan recibido la vacuna contra COVID-19 (esquema completo) aprobada por la autoridad sanitaria con al menos 14 días antes del embarque.
  • En el caso de que un visitante, al momento de desembarcar en Ecuador, presente síntomas relacionados con la COVID-19 (alza térmica, tos, malestar general, pérdida del olfato, pérdida del gusto, y cualquier otro relacionado a la COVID-19), independientemente de la presentación del certificado de vacunación no se le permitirá el desembarque. De igual manera sí un tripulante desembarque y presente síntomas no se le permitirá el ingreso.

 

Para los visitantes que ingresen al país se destacan los siguientes requisitos:

Todo pasajero que ingrese al país, de 16 años o más deberá presentar de manera obligatoria:

  • Carné de vacunación contra la Covid-19 con al menos 14 días de vigencia, después de completar el esquema, y
  • El resultado negativo de una prueba cualitativa RT-PCR en tiempo real realizada hasta 72 horas previo al embarque en el último puerto antes del arribo a Ecuador.

Los niños de entre 2 y 16 años deberán presentar:

  • El resultado negativo de una prueba cualitativa RT-PCR en tiempo real realizada hasta 72 horas previo al embarque en el último puerto antes del arribo a Ecuador.

Además, se prohíbe la entrada a territorio nacional a toda persona cuyo punto de origen, escala o tránsito sea: Sudáfrica, Namibia, Lesoto, Zimbabue, Botswana, Eswatini, Mozambique y Egipto.

 PARA MAYOR INFORMACIÓN:

Lineamientos generales: https://www.turismo.gob.ec/protocolos-de-bio-seguridad/

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