Entró en vigencia el Reglamento de Embarcaciones Turísticas para Galápagos

(Santa Cruz, Galápagos. 20.01.2020) Con los aportes de los emprendedores turísticos de Galápagos y representantes de las instituciones vinculadas a esta actividad en el Archipiélago se elaboró el Reglamento de Embarcaciones de Transporte Turístico Marítimo de Galápagos, documento normativo que entró en vigencia el 06 de enero de 2020, una vez publicado en el Registro Oficial Nro. 114.

El Reglamento de Embarcaciones de Transporte Turístico Marítimo de Galápagos, documento normativo, entró en vigencia el 06 de enero de 2020, una vez publicado en el Registro Oficial Nro. 114.

Esta institución del Estado construyó el reglamento, en donde se determinan los requisitos y parámetros de calidad que deben cumplir los prestadores de servicios turísticos de las islas. El documento establece las categorías de las embarcaciones de transporte turístico marítimo y según su clasificación son:

  • Embarcaciones con pernoctación a bordo: lujo, primera clase, clase turista y clase económica.
  • Embarcaciones sin pernoctación a bordo: primera clase, clase turista y clase económica.

Además, la normativa contiene los requisitos para la obtención del Registro de Turismo, los derechos y obligaciones de los prestadores de servicios, los derechos y obligaciones del usuario, entre otros capítulos del instrumento legal. Revise el documento completo aquí.

De esta manera, el Ministerio de Turismo continúa trabajando en la construcción de herramientas normativas para mejorar de manera integral los servicios turísticos de Galápagos y el país, en cada una de sus áreas protegidas, que benefician a la economía de los habitantes locales.