DISPOSICIONES PARA PRECAUTELAR LA SALUD EN GUAYAQUIL Y EL ORO FRENTE A NUEVAS VARIANTES DEL COVID-19
BOLETÍN 051
Miércoles, 14 de julio de 2021
(Quito, Pichincha). – A través del Decreto Ejecutivo 116, el presidente Guillermo Lasso, declaró el estado de excepción focalizado, desde las 20h00 del 14 de julio hasta las 23h59 del 28 de julio de 2021, en toda la provincia de El Oro y en la ciudad de Guayaquil, en Guayas, tras la confirmación de la presencia de la variante Delta y Delta Plus del COVID-19 en dichas localidades, con la finalidad de mitigar su propagación en el resto del país.
En ese contexto, determinó las siguientes disposiciones que tienen injerencia en el sector turístico:
Provincia de El Oro:
- Limitación al derecho a la libertad de reunión.
En cuanto a los aforos, en El Oro se determinó que sea del 25% en todos los establecimientos de atención al público.
- Limitaciones al derecho a la libertad de tránsito.
Se prohíbe el transporte interprovincial de El Oro a otras provincias del país, mientras que se dispone toque de queda para tránsito vehicular y peatonal de lunes a jueves, desde las 20h00 hasta las 06h00, y los días viernes, sábado y domingo desde las 18h00 hasta las 06h00.
Existen excepciones a las limitaciones mencionadas, sobre las siguientes actividades, relacionadas al sector.
- Provisión de alimentos, bebidas y productos de primera necesidad, incluido transporte y comercialización.
- Plataformas, servicios de entregas a domicilio (delivery) y su personal.
- Personas que deban movilizarse hacia puertos, aeropuertos o pasos fronterizos, así como quienes deban movilizarse desde ellos hacia sus lugares de destino final. En estos casos se deberá presentar los pasajes del titular o tickets de embarque.
- Sectores de la construcción y turismo.
- Personas que tienen agendadas sus citas conforme el plan de vacunación debidamente comprobado con el turno asignado, incluidos aquellos que tengan a cargo su cuidado y traslado para este fin.
Para efectos de acreditar la circulación durante la vigencia del estado de excepción, los documentos válidos son los siguientes, según corresponda:
- Credencial profesional o institucional.
- RUC, RISE o guía de remisión.
- Pasajes del titular o tickets de embarque.
- Turno para vacunación.
Además, se dispone el teletrabajo obligatorio para el sector público y privado de la provincia.
En el cantón Guayaquil:
Mientras que en Guayaquil se establece limitar al 50% del aforo en espacios cerrados de atención al público y 75% en espacios al aire libre.
Además, el transporte público se limitará a un aforo del 50% de su capacidad, dejando la libre circulación de los vehículos particulares sin restricción de placas.
Se exhorta a la ciudadanía en general a nivel nacional a que mantenga los protocolos de bioseguridad, se respete el distanciamiento social, el uso correcto y permanente de mascarilla, el lavado frecuente de manos, no permanecer en sitios sin ventilación y acudir oportunamente a los centros de vacunación, de conformidad al plan dispuesto por el Ministerio de Salud Pública.
Para más información sobre el Decreto Ejecutivo en mención ingrese a:
https://minka.presidencia.gob.ec/portal/usuarios_externos.jsf
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