COMUNICADO: ESTABLECIMIENTOS TURÍSTICOS HABILITADOS PARA EL COBRO DEL IVA 8% EN EL FERIADO DE CARNAVAL 2022

COMUNICADO 087

Viernes, 18 de febrero de 2022

12:00

(Quito, Pichincha). – El Ministerio de Turismo pone en conocimiento de los prestadores de servicios turísticos lo siguiente:

  1. Los establecimientos que cuentan con registro de turismo deben aplicar el cobro de IVA 8% durante el feriado de Carnaval solo para las ventas de servicios turísticos.
  2. Puede conocer el listado de establecimientos turísticos que cuentan con registro ingresando al Catastro de Establecimientos Turísticos, en el siguiente enlace: https://bit.ly/369tOpB

Nota: El uso indebido de la información contenida en el link, será sancionado de acuerdo la Ley 

Los establecimientos turísticos que no consten en el mencionado catastro, podrán aplicar la reducción del IVA del 12% al 8% durante el próximo feriado de Carnaval, siempre y cuando se regularicen en el Ministerio de Turismo en los 60 días siguientes a dicho feriado, de conformidad con el Acuerdo Ministerial Nº 2022 – 008, disponible en el siguiente enlace: https://bit.ly/3gYuLU0

Consulte cómo regularizar su establecimiento aquí: https://siturin.turismo.gob.ec/login o contactándose a:  catastros@turismo.gob.ec

Se recuerda que el feriado de Carnaval está contabilizando los días 26, 27, 28 de febrero y 1 de marzo de 2022, de acuerdo al Decreto Ejecutivo Nº339.