COMUNICADO: EL COE NACIONAL DEFINE ACCIONES PARA PRECAUTELAR LA SALUD DE LA CIUDADANÍA EN LAS FESTIVIDADES DE NAVIDAD Y AÑO NUEVO

COMUNICADO N° 046

Martes, 21 de diciembre de 2021

18:30

(Quito, Pichincha). – El Comité de Operaciones de Emergencia (COE) Nacional, resolvió este martes, la implementación de medidas para precautelar la salud de la población, tras revisar la situación epidemiológica del Covid -19 y la nueva variante Ómicron en el país.

Es así que, durante las festividades de Navidad y Año Nuevo, dispuso la limitación de aforos la siguiente manera:

  • Aforo máximo del 50% en: restaurantes, patios de comida, templos religiosos, ferias de emprendimiento, cines y teatros (sin venta y consumo de alimentos y bebidas), gimnasios, balnearios, spa y similares (sin atención en baños turcos y saunas).
  • Aforo de hasta el 75% en: mercados, ferias, supermercados (una persona por familia), centros comerciales, museos, entidades financieras y entidades gubernamentales con atención al público.
  • Prohibición de eventos públicos y privados en: bares, discotecas, centros de tolerancia y afines, centros de convenciones (cenas y almuerzos corporativos), salas de recepciones, conciertos, Pases de Niño, procesiones, novenas en espacio público, festivales de año viejo, fiestas populares, verbenas, bailes populares y eventos barriales.
  • En las playas y balnearios se deberá́ establecer un aforo máximo del 75% y un horario para su uso desde las 06:00 hasta las 18:00.
  • Además, será obligatoria la presentación del certificado o carné de vacunación con esquema completo (dos dosis o una dosis según corresponda), para el ingreso a lugares de atención al público a toda persona mayor de 12 años. La presentación obligatoria del certificado aplica exclusivamente para actividades no esenciales, exceptuando las relacionadas a salud, educación, trabajo y servicios público.

El COE Nacional insistió en la vigilancia del estricto cumplimiento de las medidas de bioseguridad: uso permanente de mascarilla, higiene de manos, ventilación adecuada y distanciamiento social.

Estas disposiciones entran en vigencia desde el 23 de diciembre a las 00:01 hasta el 23 de enero a las 23:59.