COMUNICADO: ACTUALIZACIÓN DE LOS LINEAMIENTOS DE INGRESO AL ECUADOR

COMUNICADO 037

Lunes, 29 de noviembre de 2021

(Quito, Pichincha). – El Ministerio de Turismo informa que, mediante resolución del 29 de noviembre de 2021 del Comité de Operaciones de Emergencia (COE) Nacional, se aprobaron los nuevos lineamientos de ingreso al país por vía aérea, terrestre o marítima, que entran en vigencia partir del 01 de diciembre de 2021 a las 00H00. En los mismos se define que los requisitos para ingresar a Ecuador continental son:

Todo pasajero que ingrese al país, mayor de 16 años deberá presentar de manera obligatoria:

  1. El carné de vacunación completo, con al menos 14 días de vigencia después de completar el esquema; y
  2. El resultado negativo de una prueba RT-PCR realizada hasta 72 horas previo al embarque al Ecuador.

Los niños de entre 2 y 15 años, 11 meses y 29 días de edad deberán presentar:

  • El resultado negativo de prueba RT-PCR realizada hasta 72 horas previo al embarque al Ecuador.

Toda persona que ingrese a Ecuador Continental por vía aérea internacional deberá presentar de manera obligatoria la Declaración de Salud del Viajero de forma digital al embarcar a la aerolínea.

Para llenar el formulario ingrese al siguiente link: https://bit.ly/3GfitSp

De no encontrarse disponible la plataforma se puede presentar el formulario físico en el punto de entrada al Ministerio de Salud.

Viajeros procedentes de África:

A partir del 01 de diciembre de 2021 a las 00H00, se prohíbe el ingreso a personas cuyos puntos de origen o tránsito sean: Sudáfrica, Botsuana, Egipto, Mozambique, Lesoto, Zimbabue, Esuatini (Suazilandia) y Namibia.

Aforos:

El COE exhortó a Gobiernos Autónomos Descentralizados Cantonales a, en lo posible, evitar la realización y autorización de eventos públicos masivos.

  • En caso de autorizar, deberá requerir y controlar el ingreso de personas, presentando el Certificado de Vacunación con el esquema completo con mínimo 14 días desde la segunda dosis o certificado negativo de prueba RTPCR de máximo 72 horas y restringir el aforo al 50%.
  • Las ejecuciones de estos eventos se realizarán exclusivamente en lugares abiertos o cerrados con ventilación, cumpliendo el distanciamiento social mínimo de 1.5 metros.
  • Estas mismas medidas se recomiendan para el caso de lugares abiertos al público tales como centros comerciales, restaurantes, bares, discotecas, cines y afines.