COMUNICADO OFICIAL
COMUNICADO OFICIAL
Protocolo de Medidas de Bioseguridad para Establecimientos de Alimentos y Bebidas
Quito, 15-05-2020
El Ministerio de Turismo informa que la aplicación del Protocolo de Medidas de Bioseguridad para Establecimientos de Alimentos y Bebidas: Restaurantes y Cafeterías, es obligatoria a escala nacional para su reapertura, misma que depende del cambio de “semáforo” que disponga el Comité de Operaciones de Emergencia (COE) de cada uno de los cantones.
El documento establece claramente los lineamientos generales y específicos a cumplirse al momento de su reapertura, en los que se determina recomendaciones para el personal que labora en el establecimiento; requisitos para el cliente, así como para una adecuada desinfección de las instalaciones; limpieza de utensilios, vajilla y mantelería; manejo de desechos y proveedores; y servicio a domicilio, que es la modalidad que va tomando más fuerza.
Los protocolos que forman parte del Plan de Reapertura Programada para la industria turística, buscan precautelar la salud de los clientes y generar confianza en el mercado, por lo que estos se convierten en documentos técnicos públicos que estarán a disposición del sector y de los municipios para su respectiva y correcta implementación.
A la fecha también ha sido emitido el Protocolo de Bioseguridad para Establecimientos de Alojamiento Turístico y se avanza en la construcción de los documentos para las demás actividades.
MINISTERIO DE TURISMO DEL ECUADOR